Resumen: Conflicto Colectivo. Se pretende declare nula o injustificada como MSCT el destinar a los trabajadores a distintos puestos de trabajo simultáneamente dentro de una misma jornada trabajo. El Convenio refiere una movilidad funcional temporal y afecta solo 3. Por otra parte, la recurrente afirma que la medida es definitiva y no temporal, lo que no consta en absoluto y si que a la fecha del juicio, de hecho, la medida sólo afectaba a tres trabajadores (inatacado hecho probado sexto de la sentencia). El Juzgador expresamente califica la medida como temporal (fundamento de derecho tercero, punto 3). Por otra parte, en el convenio está claro que medida ha de tener vocación temporal, pues solo cabe usarla "en periodos de baja producción.